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entonces, si ha pecado y ofendido, restituirá aquello que robó, o el daño del despojo, o el depósito que se le encomendó, o lo perdido que halló, o todo aquello sobre lo que hubiera jurado falsamente; lo restituirá por entero a aquel a quien pertenece, y añadirá a ello la quinta parte en el día de su expiación. Para la expiación de su culpa llevará a Jehová un carnero sin defecto de los rebaños, conforme a tu estimación, y lo dará al sacerdote para la expiación.

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